Todo lo que necesitas saber sobre el cambio de IVA en E-Commerce

Cambio IVA Ecommerce

En 2017 la Comisión Europea proclamó que haría cambios en el IVA del ecommerce, un tipo de comercio que ha crecido mucho en los últimos tiempos. Solo en España, el comercio electrónico tuvo un crecimiento del 36% en 2020.

Esta nueva normativa del IVA en el comercio electrónico ha visto la luz. Se ha instaurado oficialmente el 1 de julio de 2021. ¿Cómo afectará a las empresas el nuevo IVA? Intentaremos responder a esta pregunta.

IVA y comercio electrónico en la UE hasta el 1 de julio de 2021

Veamos a continuación cuál es la situación de la que partimos antes de la reforma de la normativa sobre el IVA en la UE.:

Cuando el comercio se daba dentro del territorio nacional, se aplicaba el IVA con total normalidad (del 21, 10 o 4%, dependiendo del producto).

Cuando el comercio de productos se daba entre países miembros de la Unión Europea (UE) el IVA que se tributaba era el del país emisor. Por ejemplo, si una ecommerce española le vendía un producto a Francia, debía aplicar el 21% de IVA español y no el 20% francés. Los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y electrónicos, sin embargo, sí debían tributar con el IVA del país del cliente.

Por otro lado, si el cliente final era de un país miembro de la UE pero disponía de un NIF intracomunitario y dado de alta en el ROI, no hay que poner el IVA. ¡Ojo, solo si el cliente tiene este número y tú también!.

No obstante, cuando el volumen de facturación a un país miembro era muy elevado, la tienda online debía darse de alta en la Agencia Tributaria de ese país. De esta manera, tributaba el IVA de ese país ante sus instituciones fiscales. Este límite dependía de cada país y no estaba unificado. Por ejemplo, en Alemania era de 100.000 euros.

Por otra parte, cuando el comercio se daba entre un país miembro de la UE y un tercer país (por ejemplo, China) no se pagaba IVA cuando el producto tenía un valor inferior a 22 euros. Así lo permitía la exención del artículo 34 de la Ley del IVA: «Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 22 euros». Esta excepción, que no comprendía productos como el alcohol, el tabaco o los perfumes, daba una ventaja fiscal a las tiendas online frente a las tradicionales, pues les permitía no pagar IVA. Ahora, con la nueva norma que se ha instaurado en julio, también habrá que pagar IVA en la importación de envíos de escaso valor.

Cambios que incluye la directiva del IVA a partir del 1 de Julio de 2021

La nueva legislación ha introducido diversas modificaciones en lo que al sistema de IVA comunitario se refiere, pero las principales y más relevantes para los ecommerce son las siguientes:

Se eliminan los umbrales en las ventas a distancia. Desde el 1 de julio de 2021, cualquier ecommerce que rebase el límite de 10.000 € en la facturación anual a clientes de otros estados miembros de la UE, deberá facturar siempre con el tipo de IVA del país de entrega del bien. El computo se hace por ventas globales a la C.E a contar desde el 1 de enero. Por lo tanto, se suprimen los diversos umbrales nacionales y se crea un umbral único para todos los estados miembros.

Se establece una ventanilla única (opcional). Gracias a la ventanilla única, que es un portal web mediante el cual se declara y paga el IVA de forma electrónica, no será necesario darse de alta a efectos fiscales en otro país, facilitando así el trabajo a los ecommerce. El sistema de ventanilla única se encargará de enviar los impuestos recaudados al país que corresponda. Lo único que tienen que hacer las empresas en este caso, es darse de alta en el sistema de ventanilla única y conocer cuáles son los diferentes tipos de IVA aplicables a sus productos en el resto de estados y que deberán reflejarse en las facturas.

Fin de la exención del IVA en la importación de pequeños envíos. Otra modificación importante que recoge la nueva norma es la obligación de que cualquier importación que se lleve a cabo desde un país situado fuera de la Unión Europea esté sujeta al IVA del estado miembro de destino, independientemente del valor de la importación. Con respecto a los impuestos de aduanas, si la facturación es menor de 150 €, el comercio electrónico del estado miembro y país de destino, estará exento de pagar los impuestos de aduana. Si la facturación es superior a 150 €, esta misma tienda online tendrá que presentar una declaración completa en aduana y pagar los impuestos correspondientes.

Cambio en la gestión de impuestos en los marketplace. Los marketplaces o plataformas de venta online que aglutinan diversos ecommerce (Amazon o Shopyfy…), serán considerados vendedores a efectos del IVA, siendo responsables de su gestión cuando la empresa de ecommerce usuaria de sus servicios no esté establecida dentro de la UE y exporte bienes hacia ésta. Por lo tanto, los marketplaces se ocuparán de la gestión del IVA de terceros países que vendan sus productos a través de su plataforma en los estados miembros de la UE. En este caso se considerarán dos tipos de entregas de bienes. La primera entrega de bienes del vendedor al marketplace que se considerará exenta y la segunda entrega de bienes del marketplace al comprador final, sujeta y no exenta de IVA.
Los marketplaces deberán generar y mantener durante diez años un registro con los suministros realizados, para de esta forma permitir a las autoridades fiscales comunitarias comprobar si se han declarado de forma correcta. Por ejemplo, si una tienda online de China opera en una plataforma de venta online determinada que es solo intermediaria, con la nueva ley, esta plataforma es considerada “vendedora” a efectos del IVA y por lo tanto deberá asumir la gestión del IVA de la tienda de China.

¿A qué se deben los cambios en la normativa del IVA para el ecommerce?

El objetivo principal de la nueva normativa del IVA Intracomunitario para las ecommerce es luchar contra el fraude fiscal transfronterizo y asegurarse de que la recaudación del impuesto llega al lugar de consumo. Según datos de la Comisión Europea, se pierden más de 150.000 millones de euros al año en concepto de IVA, de los cuales 50.000 millones de euros pertenecen al transfronterizo.

Además, la UE pretende armonizar el sistema de tributación del IVA y hacerlo más sencillo para que las empresas no tengan que darse de alta en la Hacienda de cada país miembro con el que comercian.

Sin embargo, para los marketplace esta normativa podría ser un varapalo, pues deberán ajustarse a un marco legal nuevo y ser sujetos pasivos del IVA, lo que quiere decir que será como si ellos mismos adquirieran y vendieran el producto.

¿Qué es la ventanilla única para declarar el IVA?

La ventanilla única (One-Stop Shop – MOSS) no es más que un portal web desde el que se podrá declarar el IVA de los intercambios comerciales transfronterizos. El portal se encargará de enviar el IVA recaudado al país al que pertenezca sin que la empresa tenga que darse de alta en una Hacienda extranjera.

Desde 2015 este portal tenía la misma función, pero enfocada a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión. Ahora, la mini ventanilla única pasará a expandirse a todo tipo de servicios.

Para disfrutar de ella tendrás que darte de alta en el régimen correspondiente.

¿A quiénes afectan las nuevas reglas de IVA en ecommerce?

Las nuevas reglas afectan a las ecommerces que venden sus productos online, así como a Marketplaces como Ebay, Shopify o Amazon. Esto en lo superficial, porque también afectará a empresas de mensajería y, cómo no, al consumidor final.

Conclusión: Cómo aplicar el IVA en mi ecommerce

A partir del 1 de julio las cosas cambiarán y es importante que sepas cómo.

Si tu negocio supera el umbral de los 10.000 euros en operaciones con otros países de la UE, tendrás que pagar el IVA de ese país. Por lo tanto, te recomendamos que, si superas ese volumen de facturación, sepas cuál es el IVA de cada país miembro de la UE (hay más de 80…) y utilices el sistema ventanilla única para declararlo. Puedes elegir no hacerlo, pero es muy recomendable que te aproveches de la sencillez que ofrece el sistema para que no tengas que darte de alta en la Hacienda de cada país. Además, es lo más beneficioso para el consumidor final, que sabrá en todo momento el valor exacto del producto que va a pagar y no tendrá sorpresas.

Si tu cliente dispone del número de identificación fiscal intracomunitario o VAT, podrás seguir sin gravar el IVA en estas facturas intracomunitarias.

Por otro lado, recuerda que ahora las importaciones de bienes de escaso valor de países de terceros llevarán IVA. Si antes aprovechabas la exención de IVA en productos de escaso valor para obtener un margen de beneficio mayor, ahora ya no podrás. Sin embargo, es importante recordar que el IVA es un impuesto que paga el consumidor final y que el empresario recauda, por lo que no es para nada una “maldición” ni un “problema”.

Cómo afecta la nueva legislación del IVA en ecommerce a Senior

La entrada en vigor de todas estas nuevas medidas va a suponer un importante impacto en la gestión del IVA para los operadores de ecommerce, siendo imprescindible que revisen sus procedimientos.

Senior está totalmente modificado y reajustado implementando las nuevas funcionalidades que recojan este cambio normativo.

Será necesario configurarlo de forma que puedan calcular el IVA correcto en función del país desde el que se está realizando la compra. De una correcta integración entre Senior como ecommerce, dependerá el éxito en la automatización de la nueva gestión del IVA en comercio electrónico.