Facturación Electrónica

Facturae

¿Qué es y cómo funciona?

Desde el 15 de Enero de 2015, las sociedades mercantiles (SA, SL, etc.) que tributen en España y facturen a las Administraciones Públicas están obligadas a presentar sus facturas en el formato de factura electrónica FacturaE 3.2.
En teoría, cualquier factura enviada en soporte digital es una factura electrónica, como las que se generan y envían desde Senior, sin embargo, el formato FacturaE 3.2 ha sido escogido por la administración tributaria como el formato estándar para enviar facturas en soporte electrónico a la administración.

El formato FacturaE destaca por ser un archivo de texto que define los campos de una factura según las normas del formato XML (que es un formato que se puede leer con cualquier editor de textos, como el Bloc de notas de Windows, pero que está diseñado para ser procesado fácilmente por ordenadores).

Los archivos generados por la FacturaE tienen extensión XML si no están firmados o XSIG (acrónimo de XML Signed) cuando están firmados. La diferencia radica en que el formato XSIG incluye al final del archivo la firma electrónica de la factura.

Las Administraciones Públicas requieren que todas las facturas que se le envían estén firmadas (llevando extensión XSIG) para su plena validez legal.

Campos relativos a la identificación de los órganos de la entidad o Administración Pública

Estos datos deben ser entregados por parte de la propia entidad o administración pública:

Oficina contable (obligatorio): Tiene atribuida la función de contabilidad en el organismo, y es competente para la gestión del registro contable de facturas.

Órgano gestor (obligatorio): Es el órgano competente sobre la aprobación del expediente de gasto.

Unidad Tramitadora (obligatorio): Órgano administrativo al que corresponde la tramitación de los expedientes, sin perjuicio de a quien competa su aprobación.

Órgano Proponente (opcional): Campo opcional que identifica a quien “encarga” el gasto.

Requisitos para expedir FacturaE

¿Un cliente te ha pedido factura electrónica? ¿Tienes que facturar a una Administración Pública? Estos son los requisitos necesarios para poder emitirlas y enviarlas:

Contar con un programa informático (como SENIOR) que genere facturas electrónicas, y que permita firmar las facturas para poder garantizar la autenticidad e integridad de la factura.

Certificado electrónico. Si todavía no cuentas con uno, puedes solicitarlo en la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. Solo tienes que entrar a ese enlace y seguir los pasos.

Enviarla. Si tienes que facturar a una Administración Pública, el envio se hace a través de FACe (FACe es el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado para que los proveedores de bienes y servicios de las Administraciones Públicas puedan remitirles sus facturas en formato FacturaE 3.2 desde el portal Proveedores).

Recuerda: Con Senior, podrás crear facturas electrónicas de la forma más sencilla, cómoda y sin errores.

Enlaces de interés:

https://www.facturae.gob.es/factura-electronica/Paginas/materiales-divulgativos.aspx

https://www.facturae.gob.es/Paginas/Index.aspx

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