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SII

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El Suministro Inmediato de Información (SII) es el nuevo sistema de gestión online del IVA que obligará a determinadas empresas a transmitir los datos de facturación a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en un plazo de cuatro días (ampliado a ocho durante este año).

El Sistema SII modifica el sistema actual de llevanza de los libros de registro del IVA y obligará a enviar telemáticamente a la Sede Electrónica de la AEAT los datos de las facturas emitidas y recibidas - incluidas las facturas simplificadas o tiquets – en un plazo máximo de 4 días desde su emisión o fecha de registro, que se ha ampliado a 8 días durante 2017.

Ventajas e inconvenientes

Para la administración, todo son ventajas dado que recibe una gran cantidad de información prácticamente en tiempo real y sin esfuerzo humano alguno.

Para el contribuyente, se suprime la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, se prevé una reducción de los plazos de realización de las devoluciones y se amplía en 10 días el plazo de presentación e ingreso de sus autoliquidaciones periódicas del IVA.

La contrapartida, es que obliga a estar constantemente presentando “declaraciones” con un plazo muy ajustado de tiempo y un detalle tan exhaustivo que, seguramente, provocará un gran número de errores registrales totalmente involuntarios. Antes de la entrada en vigor del SII, la presentación de declaraciones substitutivas/complementarias era un proceso extraordinario que se llevaba a cabo de forma muy puntual, con el nuevo sistema, la operación de modificar los datos de registro de una factura será una operación habitual.

Puesta en marcha inicial

•Revise las fichas de Clientes y Proveedores en Senior.

Revise las fichas de Clientes y Proveedores que sean de personas físicas, y verifique que el campo Nombre esté en el formato "1º Apellido 2º Apellido, Nombre", separados por espacios, ya que así lo sugiere la Agencia Tributaria en la presentación de los Libros-registro del SII.

Revise también las fichas de Clientes y Proveedores de Ceuta, Melilla, o Canarias, por si fuese necesario actualizar su régimen fiscal a Operación sujeta a IPSI/IGIC, según las especificaciones fiscales del SII

•Acceso a Certificados Digitales

Para realizar la presentación de los Libros-registro del SII en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la misma. Dicho certificado electrónico deberá estar instalado en el ordenador desde el cual vaya a remitir los datos.

Introducción

Los procesos necesarios para confeccionar los Libros-registros del SII y remitirlos a los servidores de la Agencia Tributaria, son los siguientes:

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Click to expand/collapse2. Remitir los libros-registro SII a la sede electrónica de la AEAT