Esta opción sólo se mostrará activa si en Configurar/Ejercicio se ha confirmado que la empresa está suejta a la regla de prorrata del IVA.
El usuario deberá señalar el porcentaje anual deducible de I.V.A. de prorrata. Este apartado será útil para aquellas empresas en las que alguna de sus actividades, esté exenta de I.V.A., para lo cual indicará el porcentaje anual del I.V.A. soportado que sea susceptible de deducción.