La activación de VeriFactu se ofrece por defecto y para todos, con fecha de inicio 01-01-2027, quedando excluidas de esta preactivación automática tanto las empresas acogidas al SII como al Ticket Bai que no se verán afectadas.
Los plazos, actualmente, son los siguientes:
•Personas Jurídicas, es decir, Sociedades: obligatoriedad de tener Verifactu para todos los usuarios con estas características es el 01/01/2027.
•Personas Físicas, es decir, autónomos: obligatoriedad de tener Verifactu para todos los usuarios con estas características es el 01/07/2027.
El 1 de Enero y 1 de Julio de 2027 son las fechas máximas para adaptarse a la nueva normativa, pero Vd. puede decidir adaptarse de forma anticipada, voluntariamente, si así lo desea. La actualización anticipada voluntaria no es reversible, y tiene toda la trascendencia tributaria, incluyendo la remisión de los registros de facturación a la Agencia Tributaria y la impresión del código QR tributaria en las facturas, desde el momento de la actualización.
a)Si no tiene obligación de activar VeriFactu el 01-01-2027 o desea darse de alta al período voluntario de transmisión, deberá seguir los paso explicados en el capítulo Configuración sistemas de facturación.
b)A partir de esta preactivación automática, debe seguir los pasos explicados en el capítulo "Preparación previa" con la antelación suficiente para estar preparado el día en que la normativa entre en vigor. De forma paralela, podrá seguir trabajando de la forma habitual.